CNSS aprueba ingreso de miembros activos de la Policía Nacional al SFS y al SRL

Lunes, 16 Mayo 2016

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante Resolución No. 386-01, dispuso el ingreso de los miembros activos de la Policía Nacional y sus dependientes al Seguro Familiar de Salud (SFS) y al Seguro de Riesgos Laborales (SRL) que dispone la Ley 87-01, en las mismas condiciones que se otorgan a los afiliados al Régimen Contributivo.

La resolución establece que las cotizaciones y la dispersión al SFS y el SRL, se harán en base a lo establecido en la Ley 87-01 y sus normas. La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) establecerá las normas complementarias necesarias para garantizar la cobertura adicional de Riesgos Laborales, aportadas por el Estado, a los miembros de la Policía Nacional en la forma en que se han descrito en la Ley 96-04 Institucional de la Policía Nacional.

Se establece que el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) brindará los servicios de salud en aplicación al acuerdo vigente firmado entre las partes. La cobertura del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) será otorgada bajo el esquema del Sistema de Reparto, preservando las cotizaciones y las prestaciones en las formas concebidas por la Ley 96-04 Institucional de la Policía Nacional, por lo cual los miembros de la Policía Nacional serán afiliados al Plan de Retiro y Jubilaciones creado mediante dicha Ley.

El órgano rector del Sistema estableció que la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) establecerá las condiciones para la cobertura referida mediante normas complementarias. De forma excepcional, se otorga un plazo de 90 días para el inicio de las cotizaciones al SVDS del Plan de retiro para los miembros activos (empleados) de la Policía Nacional, iniciarán en un plazo de noventa días, una vez el Plan de Retiro y Jubilaciones de la Policía Nacional sea registrado y habilitado por la SIPEN, de acuerdo a lo establecido en la Ley 87-01, sus modificaciones y normas complementarias.

SeNaSa completa afiliación de 37 mil 336 policías y sus dependientes

El Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) completó la afiliación de los agentes policiales activos y sus dependientes directos al Régimen Contributivo de la Seguridad Social, por lo que se realizaron la distribución de los carnés a nivel nacional, para que a partir del 1ero. de marzo 2016 reciben cobertura en la red de más de 7 mil prestadores de la ARS Estatal.

“Con la entrega de carnés completamos el proceso de afiliación de los policías a SeNaSa, tal y como anunciara el Excelentísimo Señor Presidente de la República Danilo Medina en su discurso de rendición de cuentas del año pasado, con lo que contribuimos en la dignificación de la labor de los agentes”, indicó el licenciado Chanel Rosa Chupany, director ejecutivo de SeNaSa.

Asimismo, el director ejecutivo precisó que aquellos policías o sus dependientes directos con tratamientos en curso tendrán garantizados los servicios con la entrada a SeNaSa, así como un acceso sin distinción.

Más de 50 mil dependientes están afiliados

Un total de 50 mil 020 dependientes directos de los policías activos tienen  cobertura a partir del 1ero. de marzo, sin costo adicional. Conforme al artículo 123 de la Ley 87-01, los dependientes directos abarcan a cónyuge, hijos e hijastros menores de edad e hijos e hijastros entre 18 y 21 años si fueran estudiantes o sin límite de edad en caso de discapacidad.

 

Recuadro

Mayores beneficios

Con el aporte único de 3.04%, aporte que hace todo empleado a la seguridad social, los policías también recibirán otros beneficios del Seguro Familiar de Salud como cobertura en riesgos laborales, accidentes de tránsito, subsidio por enfermedad, maternidad y lactancia, estancias infantiles para los hijos menores de 5 años, así como todos los servicios de salud contemplados en el Plan de Servicios de Salud (PDSS 3.0) aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

Mejor cobertura

Dentro de las ventajas que representa para un policía pasar al Régimen Contributivo de SeNaSa se encuentra la cobertura, regulada a través el Plan de Servicios de Salud (PDSS 3.0) y la cual viene a impactar de manera positiva en los servicios que actualmente reciben los policías.

En el caso de las enfermedades de alto costo, los policías recibían RD$150 mil y al pasar a SeNaSa tendrán una cobertura de un RD$ 1 millón de pesos por evento por año. Asimismo, disponían de RD$15 mil pesos anuales para imágenes diagnósticas, servicio que con el paso a SeNaSa será ilimitado de acuerdo a la cobertura establecida del 80%, es decir, no tendrán un tope por año para este servicio.

Asimismo, se aumenta de RD$1,200 a RD$1,740 pesos diarios por habitación en caso de  internamiento y elimina tope de RD$2,000 pesos diarios en medicamentos durante hospitalización a una cobertura ilimitada; elimina tope de cobertura por día en internamiento en cuidados intensivos y agrega RD$90 mil pesos para medicamentos coadyuvantes para enfermedades de alto costo.

De acuerdo a la Resolución 375-02 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), los policías y sus dependientes directos dispondrán de RD$8,000 por año para medicamentos ambulatorios, con una cobertura del 70%. Además, una vez identificados los policías con diagnóstico de hipertensión y diabetes, SeNaSa los incluirá en sus clubes de la salud para garantizar los medicamentos de acuerdo al tratamiento sin tener que pagar diferencia.   

En este mismo orden, la diferencia en internamiento y en cualquier otro servicio de salud, en los centros contratados, no puede exceder los dos salarios mínimos cotizables, es decir RD$ 19 mil 710 pesos, tal y como se garantiza a todos los afiliados del Régimen Contributivo, sin importar el monto en internamiento o cirugías. Sin embargo, en el hospital de la Policía Nacional, los policías afiliados no tendrán que pagar diferencia.

Descentralización de los servicios de salud

Con el paso de los policías y sus dependientes a SeNaSa, no será necesario que éstos soliciten pre autorización para laboratorios y otros servicios, sino que pueden visitar directamente, con su carnet de afilado o su cédula de identidad, los prestadores contratados a nivel nacional.

Acceso a más Prestadores de Servicios de Salud

La afiliación de los policías activos al Régimen Contributivo de SeNaSa, les permitirá recibir servicios en una amplia red compuesta con alrededor de 7 mil prestadores de servicios de salud a nivel nacional contratados por la ARS Estatal, integrado por centros privados y de autogestión, laboratorios, farmacias y centros odontológicos, a cualquier hora del día, los 7 días de la semana, tanto ellos como sus dependientes.

 

Inversión económica

El Estado Dominicano hará una inversión de RD$27 millones 021 mil 173 de pesos mensuales, en calidad de empleador, para que los policías pasen a formar parte del Seguro Familiar de Salud en el Régimen Contributivo, mientras que los agentes aportarán sólo un 3.04% de su salario para estos fines, lo que significa que no habrá doble cotización.

El Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud comprende a los trabajadores asalariados públicos y privados y a los empleadores. Este se fundamenta en un régimen financiero de reparto simple en el que la cotización total es del 10.13% del salario cotizable, correspondiendo un 3.04% al trabajador afiliado y un 7.09% al empleador.

Protección para Policías en Accidentes de Trabajo

La Administradora de Riesgos Laborales (ARL), desde el 1 de marzo 2016 da protección a los integrantes de la Policía Nacional, en caso de que les ocurra un Accidente de Trabajo (AT) o una enfermedad Profesional (EP), debido a que estarán integrados al Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).

Los miembros de la Policía Nacional recibirán atenciones de alta calidad, con cero costos para ellos, ya que la ARL cubrirá en un cien por ciento todos los gastos necesarios para su recuperación, en caso de un incidente laboral y las primas del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) no serán pagadas por los agentes, si no por su empleador, en este caso el gobierno dominicano.

Tanto oficiales como alistados recibirán Prestaciones en Especie en lo referente a atención médica, quirúrgica, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y servicios de rehabilitación, prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos y su reparación.

También los agentes policiales que se vean afectados por un incidente laboral que le produzca una incapacidad temporal (licencia médica),  obtendrán una prestación económica por el tiempo de la licencia médica, hasta 52 semanas, equivalente al 75% de su salario cotizable; además recibirán subsidios por discapacidad temporal, indemnización por discapacidad y pensión por discapacidad.

Serán beneficiarios del SRL los miembros de la institución policial, y en caso de muerte de un agente recibirán pensión por sobrevivencia sus dependientes, la esposa o esposo, o su compañera o compañero de vida durante los tres años anteriores a su inscripción, los hijos del agente menores de 18 años, los que sean estudiantes menores de 21 años y aquellos con discapacidad, sin importar su edad y que dependan del miembro de la policía.

Los riesgos que les cubrirá la ARL son toda lesión corporal o estado mórbido durante el tiempo y en el lugar de trabajo, los accidentes de trabajo ocurridos a consecuencia de tareas encomendadas por sus superiores, aún distintas a la ocupación o puesto del agente.

Además los accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo, los accidentes de tránsito y en trayecto, dentro de la ruta y horario de trabajo establecido por sus superiores y las enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la función que realice.