CNSS juramenta nuevos integrantes del sector empresarial, laboral y profesionales

Jueves, 04 Febrero 2016

La ministra de Trabajo y presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Maritza Hernández juramentó este jueves a cuatro nuevos miembros representantes de los sectores empleadores, laborales, profesionales y técnicos.

Fueron integrados a la reunión del Consejo la Lic. Rayvelis Roa Rodríguez, fue fungirá como suplente representante de los empleadores quien pertenece al Consejo Nacional de Empresas Privada (CONEP) en sustitución del Lic. Rafael Paz.

El nuevo integrante al CNSS como titular del sector laboral, es el señor Tomas Chery Morel en representación de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), quien sustituye  al sindicalista Gabriel del Rio.

En tanto que el sector del profesionales y técnicos fueron juramentados Ing. Celeste Grullón Chaljub quien pertenece a la Asociación Nacional de Profesionales Agropecuarios (ANPA) y el Lic. Felipe Diaz Soto, de la Asociación Dominicana de Profesionales de Trabajo Social (ADOPTRASOC).

Estas juramentaciones se realizaron durante la reunión ordinaria del CNSS ante la presencia de los miembros del CNSS y del Gerente General del Consejo, Rafael Pérez Modesto.

Según los establece la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el artículo 23, la representación de los sectores con dos o más titulares debe garantizar la participación de ambos géneros. En los casos de una sola representación, el suplente corresponde al género opuesto,

Cada miembro titular tiene un suplente. En caso de los representantes del sector público, sólo podrán serlo aquellos que ostentan la posición de Viceministros o equivalente. Los titulares y suplente durarán dos años cesarán en forma escalonada en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos sólo por un nuevo período de igual duración.

Para la selección del sector profesionales y técnicos el CNSS realizó una convocatoria pública solicitando inscripción de organizaciones sin fines de lucro, debidamente incorporadas a las leyes de la República, tal como lo establece el Reglamento Interno del CNSS.