DIDA saluda aumento de cobertura para los afiliados

Martes, 03 Noviembre 2015

La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) declaró que la resolución 375-02 emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social el pasado jueves, pone fin a las limitaciones y negaciones para entrega de medicamentos bajo alegato de su presentación y concentración.

La directora Nélsida Marmolejos saludó la resolución tomada por los miembros del CNSS y expresó que tiene cinco grandes disposiciones de avances en el Sistema que impactan positivamente los afiliados.

Entre los puntos más importantes de la resolución destacó: el aumento de 3 mil a 8 mil pesos por afiliado por año para la cobertura de medicamentos ambulatorios, la ampliación del Catálogo con el Cuadro Básico de Medicamentos aprobados por el Ministerio de Salud Pública, es decir, se agregaron nuevos para tratamiento de enfermedades como el Sida, el cáncer, la hipertensión, vacunas contra enfermedades de transmisión sexual, entre otras.

La denominación exclusiva por principios activos de los medicamentos ambulatorios del Catálogo de Medicamentos del Plan de Servicios de Salud (PDSS), lo que quiere decir que se incluyen todas las presentaciones (pastilla, comprimido, jarabe, etc) y concentraciones (5 miligramos, 10 milígramos, 500 milígramos, entre otros) de los mismos.

Reconocimiento de la cobertura integral de un millón de pesos para los recién nacidos, efectivo el mismo día de su nacimiento y hasta el primer año, para el tratamiento de enfermedades de alto costo y máximo nivel de complejidad.

Además se eleva la cobertura de enfermedades catastróficas a un millón de pesos por evento por año, es decir, que si se presenta más de un evento de alto costo en el año póliza, el afiliado obtendrá la cobertura de ese monto para cada una.

Nélsida Marmolejos especificó que la resolución 375-02 define la atención integral como todo lo medicamente necesario para el tratamiento y recuperación del paciente: procedimientos diagnósticos y terapéuticos, rehabilitación, medicamentos, materiales, insumos, aparatos y dispositivos y aplica no sólo a los servicios de alto costo, sino también a los de cirugía contenidos en el catálogo.

Afirmó que uno de los reclamos recurrentes registrados en la DIDA son los relacionados con la cobertura de materiales de osteosíntesis de los cuales la entidad ha sometido para su solución decenas de casos ante el CNSS.

“Con la medida se logra rebasar esta situación y por lo tanto no habrá inconvenientes con las futuras coberturas relacionadas con este tema”.

La directora de la institución que vela porque los servicios de protección social y salud lleguen a los afiliados del SDSS, dijo esperar que el próximo paso del CNSS sea la aplicación del Plan Básico de Salud y la puesta en marcha del Primer Nivel de Atención sin lo que el sistema seguirá siendo costoso para el bolsillo de los afiliados y lesivo para el equilibrio financiero del mismo.

Resaltó la necesidad de incluir a los padres como parte del núcleo familiar sin pagos de cápita adicional a cargo de los afiliados titulares como es establecido en la Ley.

“Felicitamos este gran avance que hace el Consejo y entendemos que como próximo paso se debe trabajar para dar cumplimiento a la Ley 87-01 y sus normas complementarias, tomando en cuenta los aspectos más importantes que ameritan resolverse como: el Seguro Familiar de Salud de los Pensionados y sus dependientes, la DIDA desde el año 2010, ha brindado miles asistencias a personas interesadas en conocer la fecha en que será otorgado este beneficio, además de tener una lista con centenares de personas solicitando su inclusión en el SFS por ser pensionados”.

Otro de los temas pendientes del Sistema y que debe resolverse es la eliminación del tope de cobertura en las enfermedades catastróficas para los afiliados del Régimen Subsidiado, actualmente la DIDA tiene 10 reclamaciones pendientes de conocimiento en el CNSS sobre este tema.

Nélsida Marmolejos llamó a todas las instituciones del SDSS a cumplir la resolución 375-02 y contribuir al desarrollo del Sistema asumiendo las disposiciones de la medida  para que de esa forma la familia dominicana tenga un sistema de protección social y salud eficaz y oportuno.